1) APRUEBAN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO CONTROL E INFORMACION SOBRE EL TRAFICO MARITIMO (PERUREP).
Con fecha 11 de marzo de 2014 fue publicada en el diario oficial “El Peruano” la Resolución Directoral N° 0073-2014-MGP7DCG, que aprueba el Sistema de Seguimiento Control e Información sobre el Tráfico Marítimo (PERUREP), desarrollado en el Anexo que forma parte integrado de la presente Resolución Directoral.
Los propietarios, armadores y agentes marítimos de las naves que se incorporen voluntariamente al sistema PERUREP, darán a conocer a los capitanes de las mismas los alcances de la presente Resolución Directoral.
La presente norma entrará en vigencia el día 12 de marzo de 2014.
2) RESOLUCIÓN 0402-2013/SDC-INDECOPI
Como ha sido desarrollado previamente, para que pueda configurarse una práctica colusoria vertical tienen que presentarse dos elementos típicos particulares: (i) que la conducta sea realizada entre dos o más agentes económicos independientes que actúen en diferentes niveles de la cadena de producción, distribución y comercialización; y, (ii) que uno de los agentes infractores involucrados tenga posición de dominio en uno de los mercados de la cadena productiva.
Sobre el particular, ha quedado establecido que la Municipalidad puede intervenir en los mercados cumpliendo diversos roles. Así, puede actuar a título de autoridad, definiendo los términos de acceso a las actividades económicas, regulando las obligaciones y derechos de los agentes, supervisando y fiscalizando que el comportamiento de los individuos se adecúe al ordenamiento jurídico y resolviendo los conflictos que puedan surgir, entre otros. Sin embargo, la Municipalidad también puede intervenir en los mercados participando en calidad de agente económico, como comprador u ofertante de bienes y servicios.
Giancarlo Giribaldi - author
Autor de diversos artículos relacionados a tributación en el Diario Oficial “El Peruano”, las Revistas “RAE Jurisprudencia” y “Gestión Pública”, “Informativo Caballero Bustamante” y “Revista Contadores & Empresas”.
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