1)        APRUEBAN NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA TRANSFERENCIA DE LAS FUNCIONES DE COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA LABOR DE LOS REPRESENTANTES DE CRÉDITOS TRIBUTARIOS DEL ESTADO A LA SUNAT

Con fecha 22 de mayo de 2014 fue publicado en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 114-2014-EF, que aprueba las normas reglamentarias del proceso de transferencia del FONAFE a la Sunat, de las funciones de coordinación, supervisión y control de la labor de los representantes de los créditos tributarios del Estado a que se refiere el numeral 47.3 del artículo 47 de la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal.

Asimismo, asigna a la Sunat como responsable de la coordinación, supervisión y control de la labor de los representantes de los créditos tributarios del Estado, a los que se refiere el numeral 47.3 del artículo 47 de la Ley N° 27809. Además, el FONAFE debe efectuar la entrega del acervo documentario y de su informe de gestión, así como la base de datos utilizada para el control de expedientes, a la unidad orgánica de la Sunat.

2)        APRUEBAN NORMA TÉCNICA DENOMINADA “NORMAS PARA LA EVALUACIÓN EXCEPCIONAL PREVISTA EN LA DÉCIMA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL”

Con fecha 22 de mayo de 2014 fue publicada en el diario oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 204-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la Evaluación Excepcional Prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley De Reforma Magisterial”.

Asimismo, encargan el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.

 

3)      AUTORIZAN DIFUSIÓN DE PROYECTO NORMATIVO PARA UNIFORMIZAR LOS PLAZOS DE PRESENTANCIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y MEMORIA ANUAL DE LAS EMPRESAS EMISORAS DE VALORES Y DE LAS PERSONAS JURÍDICAS INSCRITAS EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL MERCADO DE VALORES, Y DE EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLECTIVOS

Con fecha 22 de mayo de 2014 fue publicada en el diario oficial “El Peruano” la Resolución SMV N° 009-2014-SMV/01, que autoriza la difusión del proyecto normativo para uniformizar los plazos de presentación de la información financiera y memoria anual de las empresas emisoras de valores y de las personas jurídicas inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, así como empresas administradoras de fondos colectivos.

Asimismo, fija el plazo de quince (15) días calendario a fin de que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia de Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado.