1)        MODIFICAN LAS TASAS DE DERECHOS ARANCELARIOS AD VALOREM CIF PARA UN GRUPO DE SUBPARTIDAS NACIONALES Y MODIFICAN LA DESCRIPCIÓN DE UNA SUBPARTIDA NACIONAL

 

Mediante D.S Nº 312-2014-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de noviembre de 2014 y vigente a partir del día siguiente de su publicación; modifica las tasas de derechos arancelarios ad valorem CIF correspondientes a un grupo de subpartidas nacionales.

 

En efecto, esta medida es tomada considerando la política económica del gobierno, los compromisos adquiridos con la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la reducción de aranceles de la lista de bienes medioambientales de APEC; y buscando promover la eficiencia y competitividad de la economía, resolviendo:

 

a)        Modificar la tasa de derechos ad valorem CIF a 0% de las partidas establecidas en el presente Decreto Supremo.

b)        Modificar la subpartida nacional 7905.00.00.91 del Arancel de Aduanas, relacionado a “chapas, hojas y tiras, de cinc”.

 

 

2)        EJECUTIVO APROBÓ CUARTO PAQUETE PARA DINAMIZAR ECONOMÍA PERUANA

 

Fuente: Diario Gestión

 

El Consejo de Ministros aprobó ayer el cuarto paquete para dinamizar la economía peruana, que incluye una inyección de S/. 1,600 millones en diversos sectores, anunció el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura.

 

Precisó que estas medidas se dividen en cuatro componentes: un impulso fiscal en el corto plazo, complementario a lo ejecutado en julio de este año; un conjunto de normas para promover la actividad económica, ordenar procedimientos administrativos y atacar el exceso de trámites; la reducción de aranceles para insumos; y el régimen especial para promover el empleo para jóvenes. “Estas acciones ayudarán a reenganchar la economía y sobre todo, enfatizar que se continúa trabajando para mejorar la competitividad y productividad en el mediano plazo”, comentó en declaraciones recogidas por la agencia Andina.

 

Segura resaltó que la actividad económica se está recuperando, las tasas son mejores, sin embargo, consideró necesario apuntalar esa mejora, lo cual demanda un mayor gasto público. Para ello, detalló que el Poder Ejecutivo aprobó un Decreto de Urgencia para entregar un aguinaldo extraordinario para el sector público de 300 nuevos soles -adicionales a los 200 nuevos soles de navidad – que abarca a 1.7 millones de empleados estatales tanto en actividad como jubilados.

 

Deuda social

Segura dijo que otra medida corresponde la deuda social que el Estado debe pagar al sector Salud y Educación, la cual se realizará conformen se conozcan las sentencias para honrar esas obligaciones. Asimismo, adelantó que también contiene acciones que apuntan a la implementación de obras tanto en el sector Educación como en los programas a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), que se lanzarán en próximas semanas y hacia el primer trimestre de 2015.

 

“Son obras necesarias para combatir la incidencia sobre desnutrición crónica infantil, anemia, rehabilitación y demolición de colegios en riesgo, y programas para limpiar la provisión de agua en pequeñas poblados más pobres del país, entre otras”, comentó.

 

Este paquete, anunció Segura, asignará 1,000 millones de nuevos soles para aguinaldos y deudas; 400 millones para los programas del MIDIS en 400 colegios; y 200 millones para el Ministerio de Educación. “La parte de gasto corriente se destinará pronto a la economía. En el caso de las obras, se buscó reorientación de recursos para que sea mediante núcleos ejecutores y tengan impacto social que genera mayor mano de obra”, indicó.

 

 

Reducción de arancel

El ministro dijo que el tercer componte de estas medidas es la reducción a cero del arancel aplicado a la importación de insumos, el cual se suma a la reducción ya aplicada al arancel relacionado con el ingreso al país de bienes de capital, con la finalidad promover la inversión.

 

Régimen laboral para jóvenes

Asimismo, precisó que el cuarto componente de este paquete está relacionado con las normas para la creación de un régimen especial para promover la contratación de jóvenes en puestos de trabajo. Indicó que en el marco de estas disposiciones se reembolsará a las pequeñas y medianas empresas el costo de la seguridad social de sus trabajadores menores de 24 años, para incentivar que los empleadores inviertan en capacitarlos con cargo a un crédito fiscal.

 

3)        OBLIGADOS ACTUALIZAN INFORMACIÓN DEL RUC

 

Fuente: Diario Oficial el Peruano

 

A la fecha, más de 82,000 obligados al fisco cumplieron con actualizar sus datos ante el Registro Único de Contribuyentes (RUC), facilitando la recepción oportuna de las comunicaciones que puedan ser remitidas por la Sunat.

 

Así, los contribuyentes procedieron a consignar el correo electrónico y número de celular vigente, de acuerdo con lo regulado por la Sunat en setiembre pasado. Para actualizar esta data, el obligado deberá ingresar en el módulo SUNAT Operaciones en Línea (SOL), disponible en SUNAT Virtual, con su “Clave SOL”. De carecer de dicha contraseña, el interesado podrá solicitarla gratuitamente en cualquier centro de servicios al contribuyente.

 

La Sunat precisa que el obligado opcionalmente podrá consignar el número celular de un tercero, con quien mantenga cercanía, de carecer de un contrato de telefonía móvil. De gestionarse por primera vez su número de RUC también está obligado a consignar dichos datos.

4)        EL PERÚ Y RUSIA FIRMARÁN EL FIN DE SEMANA DOS CONVENIOS SOBRE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO

 

Fuente: Semana Económica

 

Los acuerdos están enfocados en temas aduaneros y estadísticas, y permitirán a la Sunat tener mayor información sobre los contribuyentes que cuentan con ingresos en otros países.

 

Martin Ramos, superintendente nacional de desarrollo estratégico de la Sunat dijo que la administración tributaria promoverá el intercambio de experiencias con los diversos países, tanto de la región como en la OCDE para implantar nuevas prácticas en el sistema financiero.

 

Las declaraciones las realizó en el marco del Congreso Latinoamericano Tributario y Financiero – Fiscalidad en las Américas de Banca y Mercado de Capitales 2014 que lo organiza ASBANC.

 

 

5)        EL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

 

Fuente: Diario Oficial el Peruano

 

La conciliación extrajudicial no cumple una función jurisdiccional, pero se realiza siguiendo determinados principios éticos, entre los que destaca la equidad.

 

Las partes, apelando a un diálogo racional y voluntario, establecen, en igualdad de condiciones para negociar, lo que es justo entre ellos. La conciliación replantea la tradicional percepción de lo que es justo, ya no en el simple sentido de evitar abusos y sancionar a los infractores, sino priorizando la búsqueda del equilibrio entre las partes, sobre la base del respeto de los derechos del otro que sean reconocidos, aceptados y practicados por ambos interlocutores en conflicto.

 

Al sugerir la solución de los conflictos apelando a salidas negociadas, la conciliación ofrece una visión integral de las situaciones sometidas a su consideración.

 

Cuando las partes dan a conocer sus intereses y posiciones en juego, se muestran en la complejidad de la problemática que el fuero jurisdiccional, por su parte, no alcanzaba a apreciar.

 

El conciliador no tiene que dictar el derecho, sino facilitar el diálogo y salvaguardar la equidad al momento de dirigir la audiencia de conciliación. La justicia es planteada en los términos que lo consideren las partes, de acuerdo con la solución que más satisfaga sus intereses, sin contravenir el ordenamiento jurídico vigente. La justicia, como la equidad, le devuelve a las partes de un conflicto su derecho a ser protagonistas también de la solución de este. Esta justicia eleva la calidad de los justiciables cuando los invita a un reconocimiento mutuo de lo que les corresponde a cada uno. No se trata de un simple regateo entre las partes ni de alcanzar acuerdos arbitrarios de espaldas al derecho o al orden público. Las partes negocian sobre sus derechos disponibles, renunciando no a la justicia que los asiste, pero sí a la intransigencia y a la falta del reconocimiento del derecho del otro.

 

Las partes, al plasmar libremente lo que les corresponde a cada una de ellas en el acta de conciliación, actualizan ese sentido de justicia conmutativa anunciada ya por Aristóteles en el siglo IV antes de Cristo.

 

 

6)        RTF N° 02077-A-2014: SE REVOCA EL AJUSTE DE VALOR DISPUESTO POR LA ADUANA POR INCUMPLIR PROCEDIMIENTO LEGAL

 

El importador interpone Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal, cuestionando el procedimiento por el cual Aduanas ha procedido a ajustar el valor de la mercadería materia de importación. En este aspecto el Tribunal Fiscal, declara Nula e Insubsistente la decisión de Aduanas que declaró infundado el reclamo contra el ajuste de valor.

 

Para el Tribunal, la Administración Aduanera no realiza el análisis de la idoneidad de las Declaraciones Únicas de Aduanas (DUA), como referencias de precios proporcionada por el importador, bajo el argumento que dicha importación se encuentra registrada en su sistema como valor en evaluación o estudio, presentando las impresiones de los reportes de su sistema informático que respaldan dicha afirmación, pero sin precisar cuáles son las acciones de investigación o estudio efectivamente realizadas por la Aduana, ni el resultado de dicha investigación o estudio en caso éste exista, no obstante que ese cuestionamiento fue efectuado por la recurrente en la etapa de reclamación. Por tal motivo, corresponde dejar sin efecto el aumento del valor de la mercancía importada.