1)        MODIFICAN EL NUMERAL 4 DEL APÉNDICE II DEL T.U.O. DE LA LEY DEL IGV E ISC

 

Mediante D.S Nº 082-2015-EF, publicado el 10 de abril de 2015 y vigente a partir del día siguiente de su publicación, modifican el apéndice II debido a la fusión del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura.

 

En efecto, los espectáculos públicos culturales, para ser considerado “servicio exonerado” del IGV, deberán ser calificados como tal por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura.

 

 

2)        RTF N° 07217-5-2014

 

Criterio recurrente. Informes, actas o documentos adicionales a la constancia de notificación.

Se revoca la apelada que declaró improcedente la solicitud de prescripción respecto de la acción de la Administración para exigir el pago de las deudas contenidas en resoluciones de multa, giradas por las infracciones tipificadas por los numerales 1) de los artículos 174° y 176° del Código Tributario, al verificarse que a la fecha de presentación de la citada solicitud había transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años regulado por el artículo 43° del anotado código. Se establece como precedente de observancia obligatoria el criterio referido a que: «El informe, acta o documento adicional en el que se detalla diversa información relacionada con la diligencia de notificación, no subsana las omisiones del cargo de notificación, dado que no es posible determinar si fue emitido en el mismo momento del acto de notificación».

 

3)        AGENDA DE COMPETITIVIDAD REPORTA UN AVANCE DE 19% EN OCHO MESES DE EJECUCIÓN

Fuente: Diario Gestión

 

El país se encuentra a solo seis puntos para cumplir el 25% de las metas de la Agenda de la Competitividad 2014 – 2018 en su primer año de lanzamiento, aseguró el Consejo Nacional de Competitividad, presidido por el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura.

 

“La Agenda de Competitividad 2014-2018 reportó un avance del 19% en los primeros ocho meses de ejecución, quedando a seis puntos de cumplir con el 25% de avance esperado para el primer año de su lanzamiento”, detalló el CNC – 2018. Esta entidad define a la competitividad como “la capacidad de los agentes económicos (sean firmas, industrias o países) para competir en mercados de bienes y servicios internos o externos”. De esta manera, explica que “una mayor competitividad se refleja en aumentos en la productividad, mayores salarios reales de los trabajadores, mayores ingresos por habitante y en una mayor calidad de vida de la población”.

 

En la agenda vigente se ha fijado un conjunto de acciones para aumentar la competitividad del país, estableciéndose como metas globales incrementar en un 15% la productividad media de los trabajadores, disminuir en 5% la informalidad laboral y bajar los costos logísticos de 32% a 23% del valor del producto.

 

El CNC indicó que para alcanzar esos propósitos se han comenzado a emitir normas, como la que creó el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), y la Ley N° 30230, que dio vida al Fondo Mipyme, con un monto de S/. 600 millones y un comité de dirección multisectorial, para permitir a pequeñas y medianas empresas que eleven su presencia en los mercados nacional e internacional. Además, remarcó que el Congreso está debatiendo el proyecto de ley de Garantías Mobiliarias.