1) FIJAN PRECIOS CIF DE REFERENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO VARIABLE ADICIONAL O REBAJA ARANCELARIA A QUE SE REFIERE EL D.S. N° 115-2001-EF A IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LECHE ENTERA EN POLVO
Mediante Resolución Viceministerial Nº 002-2016-EF/15.01, publicada el 22 de enero de 2016 en el diario El Peruano, se fijan los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo, la cual entra en vigencia a partir del 23 de enero de 2016.
Mediante la presente resolución se resolvió publicar los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, Sistema de Precios aplicable a las importaciones de diversos productos agropecuarios.
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
| Maíz | Azúcar | Arroz | Leche entera en polvo |
| 185 | 448 | 404 | 2 251 |
2) RECAUDACIÓN EN ROJO: INGRESOS CAYERON EL 2015 POR PRIMERA VEZ DESDE EL 2009, AÑO DE LA CRISIS FINANCIERA
Uno de los principales canales de transmisión de la desaceleración económica es la recaudación fiscal.
De acuerdo a un informe realizado por Omar Mariluz, periodista del diario Gestión, en el 2015 los ingresos totales sufrieron su primera caída desde el 2009, el año de la crisis financiera, ante la menor actividad del país.
Los ingresos del gobierno central cayeron 7.7% el año pasado al sumar S/ 122,033 millones, tanto por una menor recaudación del Impuesto a la Renta (IR) como del IGV, según detalla el último informe del Banco Central de Reserva (BCR).
“La recaudación de impuestos del gobierno nacional del año 2015 registró una caída de 8.6%, por menores rentas de personas jurídicas (-20.7%), en particular las rentas de no domiciliados (47.8%), por un efecto base, debido a los pagos excepcionales por la venta indirecta de acciones efectuadas en 2014”, explica el ente emisor.
El Gobierno del presidente Ollanta Humala redujo el Impuesto a la Renta a los trabajadores y empresas con el objetivo de estimular la inversión y el consumo interno. Sin embargo, más de un analista, incluso el propio Banco Central de Reserva, consideran que se debe detener esta rebaja progresiva, ante el escenario aún sombrío que se espera para este año.
Las expectativas para este año tampoco son muy alentadoras, dado que se espera una nueva rebaja del Impuesto a la Renta y un menor ingreso por la caída del precio de los metales en el mercado internacional, que afectarán la caja fiscal. Es más, para el 2016 se proyecta un déficit fiscal de 2.7%, mayor al 2.1% del 2015.
Fuente: Diario Gestión
3) APRUEBAN LA DIRECTIVA N° 002-2015-SUNAFIL/INPA DENOMINADA “DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN EL SISTEMA INSPECTIVO DEL TRABAJO”
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 213-2015-SUNAFIL, aprobada y publicada el 22 de enero de 2016 en el diario El Peruano, aprueban la directiva N° 002-2015-SUNAFIL/INPA denominada “Derechos de los Ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo”, la cual entra en vigencia a partir del 23 de enero de 2016.
De conformidad con el inciso a) del artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, la Intendencia Nacional de Prevención y Asesoría tiene la función de formular y proponer las directivas, mecanismos y procedimientos para el cumplimiento de sus funciones, es así que, la Intendencia Nacional de Prevención y Asesoría ha elaborado el proyecto de Directiva denominada “Derechos de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo”, el cual tiene como objetivo compilar y difundir los derechos que tienen los ciudadanos vinculados al Sistema de Inspección del Trabajo, a fin de que el personal que lo integra optimice la calidad de atención y realice sus funciones conforme a la normatividad vigente, según corresponda.
Por lo que se resuelve aprobar la Directiva N° 002-2015-SUNAFIL/INPA denominada “Derechos de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo” y que la presente resolución y su anexo se publiquen en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).
Giancarlo Giribaldi - author
Autor de diversos artículos relacionados a tributación en el Diario Oficial “El Peruano”, las Revistas “RAE Jurisprudencia” y “Gestión Pública”, “Informativo Caballero Bustamante” y “Revista Contadores & Empresas”.
Publicaciones
- INFORME SOBRE LA CASACIÓN 672-2025- LIMA: EL ACOGIMIENTO PARCIAL AL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD NO PROCEDE CUANDO LA SUNAT YA HA NOTIFICADO RESOLUCIONES DE DETERMINACIÓN Y MULTA
- SUNAT AMPLÍA EL PLAZO PARA LA REGULARIZACIÓN DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE) HASTA EL 31 DE ENERO DE 2026
- CRITERIO DEL TRIBUNAL FISCAL DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA RESPECTO DE LA PROHIBICIÓN DE RETROACTIVIDAD BENIGNA EN LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA SUNAT- RTF 08829-9-2024
- TRIBUNAL FISCAL RECONOCE CRÉDITO FISCAL DEL IGV POR MAQUINARIA ADQUIRIDA MEDIANTE LEASING CUANDO AÚN NO SE HA EFECTUADO LA CONSTRUCCIÓN DE PLANTA CONCENTRADORA DE MINERALES
- RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL FISCAL N° 04718-10-2020 – REPAROS AL CRÉDITO FISCAL ANTE FISCALIZACIÓN DE SUNAT CON ANTERIORIDAD A LOS 12 MESES DE EMITIDA LA FACTURA

LEAVE A REPLY