1)        EN DEBATE MÁS FACILIDADES PARA CONTRIBUYENTES AL FISCO

 

Se eliminarían gastos por cobranza coactiva y ampliación de las notificaciones por SUNAT. La automatización de todos los servicios de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), a fin de imponer un mayor uso del gobierno electrónico para facilitar y reducir los costos de transacción de las empresas y contribuyentes, propuso el Ejecutivo al Parlamento.

Dicha iniciativa, que forma parte del nuevo paquete de reformas legales del Gobierno para promover las inversiones, busca modificar el actual Código Tributario vigente. Así, se propone incorporar el empleo de sistemas electrónicos, telemáticos, informáticos, mecánicos y similares para las actuaciones y procedimientos de la administración fiscal. Esto comprenderá a toda actividad de la administración tributaria que sea susceptible de realizarse por medio de los sistemas mencionados, debido a que el ejercicio de las funciones de la SUNAT implica la emisión de actos que pueden o no formar parte de un procedimiento administrativo, refiere el proyecto de ley.

Con ello, se espera una considerable reducción de los tiempos en el proceso de emisión de los actos administrativos al eliminarse las tareas respectivas de control y los errores operativos, puesto que la ejecución de los procesos se efectuará conforme ha sido definido en los sistemas informáticos, así como en los costos asociados al trámite.

Mayor transparencia

La iniciativa legal prevé igualmente la facilitación del control de riesgos al tratarse de un procedimiento uniforme y homogéneo, así como la mejora de los niveles de transparencia al permitir y promover el conocimiento del contenido y fundamento de las decisiones que se adopten en la actuación administrativa automatizada.

Otra de las propuestas se refiere a la eliminación de las costas y gastos generados por la SUNAT en los procedimientos de cobranza coactiva, así como de aquellos originados por la adopción de medidas cautelares previas, y en la aplicación de las sanciones de internamiento temporal de vehículos y de comiso.

Según la propuesta, los gastos derivados de la cobranza coactiva y de la aplicación de las sanciones de internamiento temporal de vehículos y de comiso pueden realizarse con cargo al presupuesto de la SUNAT.

La legislación vigente considera deuda exigible las costas y gastos en que la SUNAT hubiera incurrido en el procedimiento de cobranza coactiva, así como en los gastos por la aplicación de sanciones no pecuniarias, entre otras.

De ahí que el ejecutado está obligado a pagar al ente recaudador todas las costas y gastos originados en el procedimiento de cobranza coactiva desde el momento de la notificación de la resolución de ejecución coactiva, lo cual, de prosperar esta iniciativa. Quedaría eliminado.

Conocimiento oportuno

El proyecto plantea ampliar las modalidades de notificación para el caso de los contribuyentes no hallados o no habidos, a fin de incrementar las posibilidades de que el deudor pueda tomar conocimiento oportuno de las decisiones de la administración. Este cambio finalmente facilitaría a la SUNAT establecer efectivos canales de comunicación con el contribuyente.

Tribunal Fiscal

El Poder Ejecutivo propuso modificar el Código Tributario a fin de permitir que la Sala Plena del Tribunal Fiscal también pueda ser convocada para tratar asuntos vinculados con la Oficina de Atención de Quejas, y que de llegarse a un acuerdo, este sea recogido en las resoluciones que emita esta dependencia de atención de quejas, como jurisprudencia de observancia obligatoria.

De este modo, los acuerdos de sala plena y las resoluciones de observancia obligatoria permitirán a los contribuyentes y a la administración tributaria en general conocer con certeza la interpretación del colegiado tributario respecto a las normas y procedimientos vinculados con la queja, incidiéndose en una mayor predictibilidad. Esto significará, que los administrados estarán en mejores condiciones de anticipar la forma en que resolverán los casos bajo situaciones similares.

 

Cambios

Las modificaciones al Código Tributario consideran:

–       La eliminación de la cobranza de costas y gastos en la cobranza coactiva.

–       La ampliación, además de las modalidades de notificación, a los no habidos o no hallados.

–       Un mayor número de actuaciones automatizadas por parte del ente recaudador.

–       Nuevas modificaciones en lo que respecta a las resoluciones de observancia del Tribunal Fiscal en materia de la queja, entre otros.

2)   RTF: 20904-2-2012 de observancia obligatoria publicada el 19 de diciembre de 2012.

“Se entiende que el procedimiento coactivo concluye mediante la notificación debidamente efectuada de la resolución que le pone fin. En tal sentido, procede que el Tribunal Fiscal emita pronunciamiento en la vía de queja sobre la legalidad del procedimiento de cobranza coactiva en el que se ha producido la ejecución de medidas cautelaras o cuando se produzca la extinción de la deuda por pago efectuado en el marco de dicho procedimiento, siempre que la queja se presente antes de la mencionada notificación”.

La queja es el remedio idóneo para reconducir los procedimientos llevados de una forma que infrinjan lo establecido en el Código Tributario, por ello se podrá interponer este remedio cuando el procedimiento vulnerado este vigente, de lo que se concluye que dicho remedio no podrá interponerse cuando el procedimiento este finiquitado, para lo cual el ordenamiento jurídico dota de otras mecanismos para que el contribuyente pueda defenderse.

Ahora bien, la Resolución de observancia obligatoria antes descrita va en la misma línea interpretativa del artículo 155° del Código Tributario, la misma que regula la Queja como remedio para reconducir procedimientos. Por ello como menciona la Resolución en comentario la queja va a ser declarada procedente cuando no se notifique la finalización del procedimiento de cobranza coactiva, o sea cuando exista un procedimiento que puede ser reconducido.

3)        ENTREVISTA A LUIS MIGUEL CASTILLA: “SER DEMASIADO AUDACES EN MATERIA TRIBUTARIA GENERARÍA INCERTIDUMBRE”

El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, en declaraciones al Diario Gestión, comentó que el gobierno evalúa una reforma tributaria que incluya a las personas naturales viendo cómo pueden cambiar los ingresos permanentes en el futuro.

  1. 1.    ¿Cree que al gobierno le faltó audacia para aplicar medidas tributarias además de las anunciadas?

A veces, por ser demasiado audaces, podemos introducir elementos de incertidumbre y los inversionistas quieren reglas claras que les permita reanimar sus expectativas e invertir. Nuestro país es atractivo a la inversión y siempre lo ha sido con el marco tributario que tenemos. Los problemas pasan por la permisología y los trámites que pueden ser muy onerosos. Hasta hace muy poco no estuvo en discusión la tributación, salvo la corrección que estamos haciendo a algunos temas. El proyecto de ley que hemos enviado al Congreso tiene cuatro medidas tributarias muy puntuales.

 

  1. 2.    ¿Por qué no rebajar, por ejemplo, un punto porcentual el IGV, o el Impuesto a la Renta?

Tenemos que son muy consecuentes en no reducir nuestra base de ingresos permanentes, que son los que se gastan, y no los ingresos transitorios, que son los que se ahorran. Hay que ampliar la base tributaria, no gravar a los mismos contribuyentes. Hemos empezado a racionalizar todo el esquema de percepciones y detracciones, no se puede hacer de golpe sino de manera gradual porque representan un monto importante de la recaudación.

Pero tenemos que ser un país competitivo para captar inversiones, lo que implica una revisión de nuestro marco tributario y otras regulaciones. Tuvimos una misión hace poco del FMI a quienes les solicité que revisaran las tasas tributarias y su competitividad. Según el estudio, las tasas están en el promedio y debemos procurar seguir luchando contra la evasión.

  1. 3.    ¿Somos más competitivos que Chile o Colombia entre los países de la Alianza del Pacífico?

Si Chile aprueba su reforma tributaria vamos a ser más competitivos que ellos, con Colombia estamos en los mismos niveles de competitividad tributaria.
Pero tenemos que proyectarnos más allá de los países de la Alianza, por eso vamos a revisar no solo para las personas jurídicas sino también naturales, pero eso no es parte de una política de reactivación sino una reforma estructural porque estamos viendo cómo pueden cambiar los ingresos permanentes hacia el futuro. Esta revisión requiere un consenso político importante porque pasa por el Congreso, no se puede sacar decretos de urgencia en materia tributaria, debe haber un proyecto de ley.

  1. 4.    ¿Cree que eso se pueda hacer en este gobierno?

Estamos en la fase de evaluación pero donde pensamos que puede haber un efecto reactivador es en las medidas que hemos aprobado y las que presentamos al Congreso, que tienen un efecto inmediato.

  1. 5.    ¿Cómo se van a mantener los ingresos tributarios si la economía se está desacelerando? ¿Se va a usar el Fondo de Estabilización Fiscal (FEF)?

El FEF tiene reglas muy claras y estamos en una fase coyuntural de menor crecimiento, pero las fuentes de menor crecimiento se están comenzando a disipar y especialmente lo harán en los últimos meses del año, y en todo el año entrante.

Mal haría en tocar los ahorros para crisis ahora que no estamos en crisis. Estamos en una fase del ciclo en el que se han alineado un conjunto de factores que hacen que el crecimiento esté por debajo de lo que debería.

  1. 6.    ¿La SUNAT va a presionar más?

No es que la SUNAT vaya a presionar más, la proyección de ingresos que tenemos va a ir de la mano del gasto. Hay cuentas balanceadas, lo que nos da un poco de espacio es que se ha subejecutado la inversión pública, pero al final vamos a tener ingresos del sector público no financiero al igual que los gastos cumpliendo la regla fiscal que tenemos para este año de transición.